El arrendamiento es un contrato de alquiler amueblado por un periodo de un año, renovable a su vencimiento por el mismo periodo, salvo las vacaciones del inquilino.
Puede ser cancelado en cualquier momento por el inquilino, con un plazo de preaviso de un mes.
Se concede en las condiciones habituales de los alojamientos amueblados.
En particular, indicará su duración, su punto de partida, la descripción del alojamiento con su mobiliario y equipamiento, así como el aparcamiento, el alquiler, la fianza y el compromiso del garante.
El alquiler se paga mensualmente y por adelantado mediante cheque o transferencia bancaria; se puede revisar anualmente según la variación de la I.R.L.
La fianza equivale a un mes de alquiler, se paga a la firma del contrato y se devuelve en el plazo de un mes tras la finalización del mismo, salvo en caso de daños o de impago de la renta por parte del inquilino.
El arrendatario puede solicitar una ayuda estatal (A.L). Ver página web www.caf.fr
La fianza garantiza el pago de la renta y los gastos de alquiler por parte del inquilino, así como el correcto cumplimiento por parte de éste de las condiciones del contrato.
El seguro de riesgo de alquiler debe ser contratado por el inquilino al entrar en el local alquilado y durante toda la duración del contrato.
A la firma del contrato de alquiler:
Copia del documento de identidad del inquilino.
Copia del documento de identidad de cada avalista.
Copia de la última notificación de impuestos y de las tres últimas nóminas del avalista.
Al entrar en los locales
El certificado de seguro.